Las acciones formativas del plan de formación de la EFIAP para el personal de la Administración Regional son computables, a efectos del cumplimiento de la jornada semanal, en un 50% ó 100% como tiempo de trabajo según tipo de acción formativa.
El personal perteneciente a otras administraciones estará sujeto, en materia de compensación horaria, a lo establecido en la normativa de su respectiva Administración de pertenencia.